Obligación de reporte a la DIAN de las ventas efectuadas el día sin IVA en Colombia

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) el pasado 27 de noviembre de 2020 expidió la Resolución No. 106, por medio de la cual se establece la obligación de informar las ventas exentas de IVA en Colombia de que trata el Decreto 1474 de 2020 realizadas el 21 de noviembre de 2020.

La Resolución señala la información que debe entregar el vendedor o responsable, a saber: 1) identificación del comprador; 2) información relacionada con la factura; 3) información sobre los bienes vendidos y su valor y 4) medio de pago.

Esta información deberá ser presentada de forma electrónica usando los servicios informáticos de la DIAN. La información relacionada con el valor de los bienes, se debe presentar en pesos, sin decimales, comas, ni fórmulas.

Así mismo, la Resolución señala que la información deberá ser radicada a más tardar el día 1 de marzo de 2021, so pena de una sanción de clausura de establecimiento de comercio.

 

DISCLAIMER: Because of the generality of this update, the information provided herein may not be applicable in all situations and should not be acted upon without specific legal advice based on particular situations.

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