El pasado 4 de diciembre se publicó en el BOE la reforma de la Ley de Sociedades de Capital, que entra en vigor el próximo día 24 y nace con la pretensión de arrojar más transparencia y control para la mejora del gobierno corporativo de las sociedades. Las modificaciones que establece elevan los niveles de exigencia requeridos en los órganos de gobierno para lograr mayor confianza y eficiencia orgánica, poniendo así el foco en la junta general de accionistas y el consejo de administración. El texto puede parecer referirse solo a las sociedades cotizadas, pero son muchas las incorporaciones que también se aplican al día a día de las sociedades de capital no cotizadas, tanto anónimas como limitadas.
Respecto a la junta, la ley refuerza su papel y le otorga mayores facultades en materia de gestión y aprobación de operaciones que hasta ahora decidía el consejo (ej. aprobación de disposiciones de activos por importe superior al 25% de los que figuran en el último balance aprobado). También favorece el activismo de los accionistas minoritarios al rebajar los umbrales de participación en las sociedades cotizadas (entre otros, se reduce del 5% al 3% para determinados derechos de la minoría, sólo se requiere un 0,01% –en lugar de un 1%– para poder impugnar acuerdos y no podrá exigirse la posesión de más de 1.000 acciones para asistir a la junta).
Publicado originalmente en El Economista - 17 de diciembre de 2014 - Pág. 4.
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