Chile hacia un fortalecimiento de la protección de la propiedad intelectual

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Un escenario legislativo en transformación

Chile se encuentra en un proceso de reforma legislativa significativo en materia de propiedad intelectual. Tres proyectos de ley evidencian la intención del legislador de fortalecer el marco normativo de protección y cumplimiento de los derechos de propiedad intelectual e industrial, alineándose con los estándares internacionales y, particularmente, con los compromisos que Chile asumió en el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos (TLC).

Proyectos de ley en tramitación

Proyecto de ley contra la piratería y cumplimiento del TLC con Estados Unidos. La Cámara de Diputados ha reactivado un proyecto de ley orientado a combatir la piratería, elevando los estándares de protección para alcanzar las exigencias establecidas en el tratado suscrito con Estados Unidos. Esta iniciativa busca cerrar brechas regulatorias que han sido identificadas como insuficientes, particularmente en lo que respecta a sanciones por infracciones a derechos de autor y mecanismos de enforcement.

Desde un punto de vista técnico, uno de los aspectos más relevantes de este proyecto es la introducción de una definición legal de "medidas tecnológicas de protección" (TPMs, por sus siglas en inglés), junto con la tipificación de su elusión como conducta sancionable. Las TPMs son mecanismos técnicos implementados por los titulares de derechos de autor para controlar el acceso o uso de obras protegidas. Ejemplos concretos incluyen los sistemas de gestión de derechos digitales (DRM) utilizados por plataformas de streaming para impedir la descarga no autorizada de contenido, los códigos de región en videojuegos o los sistemas de encriptación que protegen software y libros electrónicos. El proyecto busca sancionar tanto la elusión directa de estas medidas como la comercialización de dispositivos o servicios diseñados para vulnerarlas, alineándose así con el estándar establecido en el Capítulo 17 del TLC.

Proyecto de ley para fortalecer la persecución penal de falsificación de marcas. Esta iniciativa propone robustecer los mecanismos de persecución penal respecto de la falsificación de marcas comerciales. Este proyecto contempla modificaciones que permitirían una acción directa y más efectiva del Ministerio Público en la investigación y sanción de estas conductas, estableciendo procedimientos más expeditos para la incautación de productos falsificados. Actualmente, la persecución penal de estos delitos enfrenta obstáculos probatorios significativos y plazos que permiten la dispersión de la mercadería infractora. A modo de ejemplo, considérese el caso de una empresa titular de una marca de vestuario deportivo que detecta la venta masiva de productos falsificados en el comercio informal: bajo el régimen propuesto, el Ministerio Público podría actuar con mayor celeridad en la obtención de órdenes de incautación y en la identificación de las redes de distribución, sin depender exclusivamente de la querella del titular afectado.

Este fortalecimiento de la persecución penal podría además generar sinergias con el régimen de medidas de frontera vigente bajo la Ley N°19.912, que actualmente permite a la autoridad aduanera actuar de oficio únicamente cuando la infracción resulta evidente del simple examen de la mercancía, y por un plazo limitado de 5 días hábiles. Un Ministerio Público con mayores facultades de actuación autónoma permitiría que las detenciones aduaneras deriven más fluidamente en procesos penales efectivos.

Proyecto de ley para incluir delitos de propiedad industrial como delito base de lavado de activos. Esta modificación permitiría perseguir penalmente no solo la falsificación de productos, sino también el blanqueo de las ganancias ilícitas derivadas de dicha actividad, lo que representa un avance significativo en la comprensión del fenómeno de la falsificación como una actividad delictiva organizada y transnacional.

Esta iniciativa propone modificar el artículo 27 de la Ley N°19.913, incorporando expresamente los delitos tipificados en los artículos 28, 28 bis y 29 de la Ley de Propiedad Industrial al catálogo de delitos base del lavado de activos. Esto permite no solo decomisar la mercadería falsificada, sino también los activos adquiridos con las ganancias ilícitas, atacando directamente el incentivo económico que sustenta estas actividades criminales.

Por tanto, los proyectos de ley citados establecen un marco legal más robusto que facilitará las acciones de enforcement y la protección efectiva de sus activos intangibles. Exigiendo a las empresas revisar y actualizar sus estrategias de compliance en materia de propiedad intelectual, asegurando que sus políticas internas, contratos y procedimientos se encuentren alineados con las nuevas exigencias normativas. Todo lo anterior refleja la preocupación del Estado de Chile de reforzar la protección de la propiedad intelectual, en consonancia con sus compromisos comerciales internacionales, especialmente aquellos derivados del TLC con Estados Unidos y de contrarrestar el crimen organizado.

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