La ANM suspende la presentación de nuevas solicitudes de títulos mineros en Colombia

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La Agencia Nacional de Minería (ANM) de Colombia, a través de Resolución VCT 545 del 25 de octubre de 2022, resolvió acatar lo ordenado por parte de la Sección Primera del Consejo de Estado en sentencia con radicado 250002341000-2013-02459-01 del 4 de agosto de 2022, la cual, a su vez, fue aclarada y complementada mediante Auto del 29 de septiembre del 2022. En esta sentencia, el Consejo de Estado dictó órdenes en materia minero-ambiental para diversas autoridades mineras, ambientales y administrativas, que tienen como objetivo salvaguardar una serie de derechos colectivos que se estimaron vulnerados, tales como, al goce de un ambiente sano, la existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales o la seguridad y salubridad públicas.

En dicho acto administrativo, la Autoridad Minera resolvió que se deben realizar los ajustes tecnológicos de las funcionalidades: "radicar solicitud de propuestas de contrato de concesión" y "radicar solicitud de contrato de concesión diferencial" en la plataforma AnnA Minería, lo cual, para todos los efectos, implica que desde la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial no pueden presentarse nuevas propuestas de contrato de concesión minera en Colombia.

La ANM ha tomado dicha decisión en cumplimiento de la orden del Consejo de Estado de exigirles a los proponentes un certificado de la Autoridad Ambiental en el que esta certifique e informe lo siguiente:

  • si el proyecto se superpone con algún ecosistema de especial interés ambiental
  • si dicho territorio se encuentra zonificado
  • si las actividades mineras están permitidas en el instrumento de zonificación

Siendo así, y teniendo en consideración que no existe procedimiento sobre la manera en la cual las Autoridades Ambientales expedirán dichos certificados; para evitar reprocesos, la ANM ha decidido realizar los ajustes tecnológicos necesarios en el Sistema Integrado de Gestión Minera — AnnA Minería para que, una vez los proponentes cuenten con dicho certificado, puedan presentarlo a través del radicador web.

Por otro lado, se ha aclarado por parte de la Autoridad Minera que los "pines" que ya han sido adquiridos y que no puedan ser utilizados debido a la imposibilidad de presentar las propuestas de contrato de concesión minera, serán habilitados por el término de vigencia restante, una vez se haya dado por culminado el ajuste en la plataforma.

En consecuencia, es necesario que se verifiquen los procedimientos que están adoptando las autoridades mineras y ambientales para darle cumplimiento a lo ordenado por la Sección Primera del Consejo de Estado, ya que, no existe claridad en ello. Asimismo, se debe estar atento a la forma en la que dichas autoridades coordinarán sus procesos para la expedición de los certificados que requieren las nuevas propuestas de contrato de concesión minera y la manera en la que estos podrán ser presentados a través del Sistema Integral de Gestión Minera — AnnA Minería.

La decisión tomada por la ANM y la falta de claridad aludida en la forma en que se cumplirán las órdenes proferidas por el Consejo de Estado, generan una preocupación respecto del futuro de la titulación minera en el país y la posibilidad de continuar con la exploración de minerales, algunos de ellos, estratégicos en el proceso de transición energética. Aunado a ello, la inexistencia de plazos razonables para la adecuación del Sistema Integrado de Gestión Minera — AnnA Minería suma en la incertidumbre jurídica para los particulares interesados en desarrollar nuevos proyectos mineros en el país o cuyas solicitudes de titulación se encuentran en trámite.

 

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