El 20 de abril del 2018, los Gobiernos de Costa Rica y los Estados Unidos firmaron una nueva versión de su ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN RELATIVA A LOS IMPUESTOS. El acuerdo previo se firmó en el 1989 y ha estado vigente desde el 1991. Este nuevo acuerdo, firmado por el Presidente de la República de Costa Rica, Luis Guillermo Solís Rivera, y la Embajadora de los Estados Unidos, Sharon Day, debe presentarse a la Asamblea Legislativa Costarricense para su ratificación. El propósito del nuevo acuerdo es cumplir con el estándar de transparencia fiscal establecido por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) con respecto al intercambio de información con fines tributarios.
El 22 de abril de 2018, el Costa Rica Star reporto que el Sr. Leonardo Salas, Ministro Interino de Hacienda de Costa Rica, comentó: “La firma de este nuevo Acuerdo de Intercambio de Información Tributaria con los Estados Unidos representa otro paso en la búsqueda de más transparencia fiscal, uno de los objetivos más importantes del país desde hace algunos años. Este nuevo acuerdo demuestra el compromiso del país para tener un intercambio efectivo de información de acuerdo con las normas del Foro Mundial de Transparencia e Intercambio de Información de la OCDE para fines tributarios. Quiero agradecer a todos los colaboradores que participaron en el proceso de negociación y firma, cuyos esfuerzos se reflejan en la conclusión satisfactoria de este acuerdo”.
¿Cuál es el propósito y el alcance del Acuerdo?
“Las autoridades competentes de las Partes prestarán asistencia mutua mediante el intercambio de información que sea previsiblemente relevante para la administración y la aplicación de las leyes nacionales de las Partes en relación con los impuestos cubiertos por este Acuerdo. Dicha información incluirá información que sea previsiblemente relevante para la determinación, evaluación y recaudación de dichos impuestos, la recuperación y ejecución de reclamaciones tributarias, o la investigación o el enjuiciamiento de asuntos tributarios. La información se intercambiará de conformidad con las disposiciones del presente Acuerdo y se considerará confidencial en la forma prevista en el Artículo 10 (Confidencialidad) "
Intercambio de Métodos de Información descritos en el Acuerdo
⦁ Intercambio de información a solicitud
⦁ Intercambio automático de información
⦁ Intercambio espontáneo de información
El Departamento del Tesoro de los Estados Unidos tiene un Acuerdo Intergubernamental Firmado (“IGA”) con Costa Rica
El 26 de noviembre del 2013, se firmó el IGA entre los EE.UU y Costa Rica para implementar FATCA. Las Instituciones Financieras Extranjeras (“FFI”) han estado identificando e informando información fiscal sobre los titulares de cuentas Estadounidenses de las cuentas de Instituciones Financieras Costarricenses ante el Tesoro de los Estados Unidos. El IGA de Costa Rica es un acuerdo del Modelo 1A, lo que significa que los EE.UU están obligados a proporcionar información fiscal al gobierno de Costa Rica con respecto a los individuos Costarricenses con cuentas en los Estados Unidos (acuerdo recíproco).
¿Por qué se actualizó el Acuerdo de Intercambio de Información?
Renegociar el Acuerdo de Intercambio de Información permite a los Estados Unidos y Costa Rica:
⦁ Evaluar, resolver y cobrar impuestos.
⦁ Cobrar y ejecutar reclamaciones fiscales.
⦁ Investigar o enjuiciar asuntos tributarios.
No sea una víctima de su propia creación. ¡El Intercambio de información está aquí para quedarse!
El nuevo Acuerdo firmado entre los Estados Unidos y Costa Rica está alineado con el estándar de la OCDE para el intercambio de información y la asistencia mutua. Los contribuyentes Estadounidenses con cuentas extranjeras no declaradas, así como los nacionales Costarricenses con cuentas Estadounidenses no declaradas deben consultar a su representante fiscal especializado.