Proyectos de Ley en Colombia: Modificaciones al Código Sustantivo del Trabajo

Holland & Knight LLP
Contact

Holland & Knight LLP

[co-author: Manuela Peralta Pérez]

Recientemente se han radicado dos proyectos de Ley independientes con el fin de modificar el Código Sustantivo del Trabajo, particularmente lo que tiene que ver con el trabajo diurno y nocturno y los recargos por trabajo suplementario que tiene que asumir el empleador.

El Partido Bancada Comunes, presentó y radicó el proyecto N° 049 del 2022 que pretende modificar los artículos 160 y 168 del Código Sustantivo del Trabajo, con el fin de reducir el periodo de trabajo diurno, el cual sería comprendido exclusivamente entre las 6 a.m. y las 6 p.m. y, por consiguiente, modificar el trabajo nocturno, que con este proyecto sería desde las 6 p.m., y hasta las 6 a.m.

Cabe destacar que, esto fue una norma en el pasado que se modificó con la expedición de la ley 1846 de 2017, norma vigente hoy en nuestro ordenamiento jurídico y que establece el inicio del trabajo nocturno desde las 9 p.m. hasta las 6 a.m.

Además, este mismo proyecto (presentado por el Partido Bancada Comunes), pretende la modificación del artículo 168 del Código Sustantivo del Trabajo, incluyendo dos recargos adicionales, en los siguientes eventos: 1) el trabajo que se desarrolle en turnos sucesivos, especiales o flexibles dentro de la jornada nocturna tendrán un recargo del 10 por ciento sobre la hora ordinaria, y 2) los trabajadores en la modalidad de contratación de “libre nombramiento y remoción, cargos de administración y confianza que devenguen hasta 3 SMLMV” tendrán un recargo del 10 por ciento del valor del trabajo ordinario en sus horas extra laborales. Lo anterior significaría, un pago adicional a los trabajadores que cumplan con estas características.

Finalmente, el proyecto de Ley que ha sido radicado más recientemente es el N° 113 del 2022, presentado por el partido Liberal, que también busca la reducción del periodo de trabajo diurno, en los mismos términos del proyecto de Ley N° 049. Adicionalmente, este proyecto pretende que el trabajo en días domingos y festivos se remunere con un recargo del 100 por ciento. Actualmente, el recargo por trabajo dominical y festivo es equivalente a 75 por ciento sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas.

Estos proyectos apenas han sido radicados para ser discutidos en esta legislatura. Estamos muy atentos de su evolución y discusión en el Senado teniendo en cuenta las implicaciones que pueden generar en el sector empresarial.

DISCLAIMER: Because of the generality of this update, the information provided herein may not be applicable in all situations and should not be acted upon without specific legal advice based on particular situations.

© Holland & Knight LLP | Attorney Advertising

Written by:

Holland & Knight LLP
Contact
more
less

Holland & Knight LLP on:

Reporters on Deadline

"My best business intelligence, in one easy email…"

Your first step to building a free, personalized, morning email brief covering pertinent authors and topics on JD Supra:
*By using the service, you signify your acceptance of JD Supra's Privacy Policy.
Custom Email Digest
- hide
- hide