[co-author: Carlos Nieto]
Resumen Ejecutivo
Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2025, el Reglamento de la Ley de Planeación y Transición Energética de México, cuyo objeto es reglamentar las disposiciones de la ley relativas a la planeación vinculante del sector energético, el fortalecimiento de la transición energética, el aprovechamiento sustentable de la energía, las obligaciones en materia de energías limpias y la reducción de emisiones contaminantes. El propósito central es contribuir a la soberanía, justicia y autosuficiencia energética, otorgando a la Secretaría de Energía la responsabilidad de implementar la planeación vinculante mediante los Instrumentos de Planeación del Sector Energético, con apoyo del Consejo de Planeación Energética.
El reglamento establece que la Estrategia Nacional de Transición Energética será el instrumento rector de mediano y largo plazo. Dicho instrumento incluirá un diagnóstico del sector, escenarios, objetivos, estrategias, líneas de acción, indicadores y metas cuantitativas. Su publicación debe realizarse durante el primer año de cada administración y actualizarse cada tres años en su componente de mediano plazo, asegurando su alineación con el Plan para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía (PLATEASE), Plan de Desarrollo del Sector Eléctrico (PLADESE) y Plan de Desarrollo del Sector Hidrocarburos (PLADESHi).
Antecedentes
- La Ley de Planeación y Transición Energética fue promulgada el 18 de marzo de 2025, dando pauta a la reforma secundaria del sector energético. El Congreso otorgó un plazo de 180 días para emitir los reglamentos correspondientes, con fecha límite el 15 de septiembre de 2025.
- En cumplimiento de este mandato, el 3 de octubre de 2025, el ejecutivo federal publicó por decreto seis nuevos reglamentos energéticos (entre ellos el de Planeación y Transición Energética), tres semanas después del plazo original.
- Estos reglamentos entran en vigor de inmediato, sustituyendo a los ordenamientos previos derivados de la reforma constitucional de 2013-2014, y formalizan un nuevo marco regulatorio nacional con énfasis en la sostenibilidad, la soberanía y la justicia energética.
Consideraciones
- Planeación vinculante: La Secretaría de Energía (SENER) implementará la planeación vinculante del sector energético mediante los instrumentos Estrategia Nacional de Transición Energética, PLATEASE, PLADESE y PLADESHi, con apoyo del Consejo de Planeación Energética.
- Participación de la Comisión Nacional de Energía (CNE): La planeación vinculante deberá ser considerada por la SENER y la CNE en el otorgamiento de asignaciones, contratos, permisos, concesiones y autorizaciones en materia eléctrica, hidrocarburos, biocombustibles y geotermia.
- Atribuciones regulatorias: La SENER, la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (CONUEE), la CNE, el Centro Nacional de Control de Energía y el Centro Nacional de Control del Gas Natural (CENAGAS), podrán emitir acuerdos, normas oficiales mexicanas, lineamientos y disposiciones administrativas aplicables a las actividades del sector energético.
- Consejo de Planeación Energética: Órgano colegiado presidido por la SENER que apoyará la coordinación y seguimiento de la planeación vinculante, emitirá opiniones, acuerdos y dará seguimiento a la implementación de los instrumentos de planeación.
- Comités técnicos especializados: Se constituyen de manera permanente el Comité de Planeación del Sector Energético y el Comité de Información del Sector Energético, responsables de elaborar diagnósticos, análisis y metodologías de apoyo.
- Horizontes de planeación: Se establece planeación de corto plazo (seis años), mediano plazo (15 años) y largo plazo (mínimo 30 años), debiendo los instrumentos elaborarse al inicio de cada administración y corresponder a su periodo de encargo.
- Metas sectoriales: Los instrumentos deberán contener metas cuantitativas en porcentajes o indicadores sobre participación de energías limpias y renovables, electrificación de usos finales, biocombustibles, reducción de pobreza energética, intensidad energética, emisiones de gases de efecto invernadero y fugas de metano.
- Alineación internacional: Las metas deberán referirse a compromisos internacionales de México en materia de cambio climático, Objetivos de Desarrollo Sostenible y otras iniciativas multilaterales.
- Programa Sectorial de Energía (PROSENER): Será el instrumento rector de corto plazo y tendrá por objeto cumplir los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo en materia energética.
- Plan para la Transición Energética (PLATEASE): Incluirá diagnóstico, escenarios de mediano plazo, acciones y programas para el aprovechamiento sustentable de la energía y reducción de pobreza energética; su actualización será anual en materia de metas.
- PLADESE: Contendrá diagnóstico del sector eléctrico, escenarios de mediano plazo, programas y planes de inversión, con un catálogo de tecnologías y un listado de requerimientos de capacidad por región y tipo de tecnología.
- PLADESHi: Incluirá diagnóstico del sector, escenarios de mediano plazo y la cartera de proyectos de PEMEX, CENAGAS y otras entidades, así como los requerimientos de capacidad o infraestructura que deban desarrollarse mediante inversión privada.
- Sistema Nacional de Información Energética: Tendrá como finalidad concentrar, registrar, organizar y difundir la información del sector energético, integrando registros de producción, reservas, emisiones, proyectos, eficiencia energética y certificados de energías limpias.
- Registro UPAC: Se crea el Registro de Usuarios de Patrón de Alto Consumo (UPAC), obligatorio para instalaciones que cumplan con criterios definidos por la CONUEE; deberán implementar sistemas de gestión de energía con base en estándares internacionales.
- Inspección y sanciones: La SENER, la CNE y la CONUEE podrán realizar visitas de verificación presenciales o electrónicas, requerir información y levantar actas para constatar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la ley y el reglamento