SFC expide norma sobre integración de factores ASG en Fondos de Inversión Colectiva en Colombia

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En un paso significativo hacia la integración de la sostenibilidad en el sector financiero, la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) expidió la Circular Externa No. 05 de 2024, por medio de la cual imparte instrucciones detalladas para que los Fondos de Inversión Colectiva (FIC) incorporen factores ambientales, sociales y de gobierno corporativo, incluidos los climáticos (ASG), en la administración de sus portafolios de inversión y en sus mecanismos de revelación de información.

En particular, la norma introduce disposiciones con el objetivo de integrar los factores ASG en la política de inversión, el informe de rendición de cuentas, el reglamento y el prospecto de los FIC. Esta medida busca generar mayor transparencia, prevenir el engaño verde (greenwashing) y sostenible (sustainablewashing) y robustecer la gestión de riesgos ASG en la administración de FIC. Vale la pena resaltar que los fondos bursátiles se encuentran excluidos de incorporar en su política de inversión o en su informe de rendición de cuentas, lo requerido por la circular externa, sin perjuicio de que voluntariamente decidan adoptarlo.

Política de inversión

En cuanto a la política de inversión de los FIC, la norma establece que las sociedades administradoras deberán considerar los factores ASG en la gestión de riesgos del FIC y en el proceso de toma de decisiones de inversión del mismo, debiendo además revelar las políticas y procedimientos que son utilizados para gestionar dichos riesgos. Adicionalmente, se establece que las sociedades administradoras también deberán revelar el área, grupo u órgano encargado de los procesos de gestión de los riesgos ASG.

Por otro lado, la norma establece que 1) cuando el FIC tenga una denominación relacionada con los asuntos ASG, 2) cuando una o varias de las inversiones del FIC tengan como objetivo generar un efecto positivo en algún aspecto ASG, o 3) cuando el FIC utilice los aspectos ASG en la comercialización del producto (FIC ASG), las sociedades administradoras deberán explicar los objetivos ASG que persigue el FIC ASG y la estrategia general que contribuya a alcanzar dichos objetivos, así como describir el área, grupo u órgano responsable por el logro de los objetivos ASG establecidos en la política de inversión del FIC ASG. Adicionalmente, las sociedades administradoras deberán señalar la taxonomía, sistema de clasificación o marco de referencia utilizado para definir las inversiones admisibles en el portafolio y contemplar métodos para evaluar, medir y monitorear los objetivos ASG perseguidos por la inversión del FIC ASG.

Informe de rendición de cuentas

Con respecto al informe de rendición de cuentas de los FIC, la circular externa dispone que dicho informe deberá incluir la revelación de los riesgos ASG materializados y el desempeño de las inversiones ASG. En ese sentido, la norma establece que las sociedades administradoras deberán incluir una descripción de los hechos o riesgos materializados en relación con los aspectos ASG que hayan afectado materialmente la administración o desempeño del FIC, así como también una descripción de las medidas que hayan sido adoptadas para su gestión y el resultado de dichas medidas.

Asimismo, la norma requiere que las sociedades administradoras de FIC ASG incorporen en sus informes de rendición de cuentas un resumen que refleje los resultados relacionados con los aspectos ASG de las inversiones efectuadas por este tipo de fondos. De manera complementaria, la norma dicta que el informe de rendición de cuentas también debe detallar la manera en que la inclusión de criterios ASG dentro de la política de inversión ha influido tanto en el rendimiento como en la composición de activos del portafolio de inversiones del FIC ASG.

Es pertinente destacar que, para dar cumplimiento a las nuevas disposiciones sobre revelación de información a través del informe de rendición de cuentas, la norma prohíbe explícitamente que las sociedades administradoras utilicen descripciones genéricas, estandarizadas o indeterminadas.

Reglamento y prospecto

Por último, la norma introduce modificaciones con el objetivo de incluir la gestión de riesgos ASG y la transparencia en la revelación de aspectos ASG en el contenido mínimo del reglamento para FIC abiertos, FIC abiertos con pacto de permanencia y FIC cerrados, por lo cual las sociedades administradoras deberán incluir dichos elementos dentro del capítulo referente a la política de inversión del FIC o la familia de FIC. De conformidad con lo dispuesto por la norma, la gestión de riesgos ASG y la transparencia en la revelación de aspectos ASG también serán aspectos de obligatoria inclusión en los prospectos de los FIC.

Régimen de transición

Las sociedades administradoras de FIC tendrán un periodo de nueve meses contados a partir de la publicación de la circular externa para garantizar la completa observancia de las disposiciones previstas en dicha norma.

En conclusión, la Circular Externa No. 05 de 2024 representa un avance trascendental en la integración de los criterios ASG dentro del marco regulatorio de los FIC en Colombia. Esta normativa no solo refuerza la transparencia y la gestión de riesgos en el sector financiero, sino que también resalta el compromiso del regulador con el enverdecimiento del sistema financiero y el desarrollo de un mercado de capitales sostenible, al alinear las operaciones de inversión con prácticas responsables y éticas que benefician tanto a los inversionistas como a la sociedad en general.

Holland & Knight asesora de manera activa a entidades financieras, empresas del sector financiero y otras entidades en la adopción de políticas internas que permitan cumplir con las nuevas regulaciones que se expidan sobre la materia. Monitoreamos de forma permanente la implementación de normas que puedan tener un efecto directo sobre el funcionamiento del sistema financiero y los diferentes actores que la componen.

DISCLAIMER: Because of the generality of this update, the information provided herein may not be applicable in all situations and should not be acted upon without specific legal advice based on particular situations.

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