Los Empleadores no Pueden Negarse a Contratar a Solicitantes Basado en sus Creencia o Prácticas Religiosas, Aunque no Pidan Específicamente un Ajuste a las Políticas de la Compañía
WASHINGTON- La Corte Suprema de los Estados Unidos ha llegado a una decisión de 8-1 escrita por el juez Antonin Scalia de que un empleador no puede negarse a contratar a una solicitante si el empleador fue motivado a evitar la necesidad de dar cabida a una práctica religiosa. Tal comportamiento viola la prohibición de la discriminación religiosa contenida en el Título VII del Acta de Derechos Civiles de 1964.
El Asesor General de la EEOC David López elogió la decisión. "En su raíz, este caso se trata de la defensa de los principios estadounidenses esenciales de la libertad religiosa y la tolerancia. Esta decisión es una victoria para nuestra sociedad cada vez más diversa y aplaudimos el coraje y la tenacidad de Samantha Elauf en este asunto."
Según la Corte Suprema, "el empresario que actúa con motivos de evitar ciertos ajustes, puede violar el Título VII, incluso si no tiene más que una sospecha infundada de que se necesitaría algún ajuste." El Tribunal continuó diciendo que "... para dar cabida a una práctica religiosa es sencillo: Un empleador no puede hacer que las prácticas religiosas de un solicitante confirmadas o no, un factor en las decisiones de empleo."
"La EEOC aplaude la decisión de la Corte Suprema afirmando que los empleadores no pueden hacer la práctica religiosa de un solicitante un factor en las decisiones de empleo," dijo la Presidenta de la EEOC Jenny Yang. "Este fallo protege los derechos de los trabajadores a la igualdad de trato en el lugar de trabajo, sin tener que sacrificar sus creencias o prácticas religiosas."
El caso surgió cuando Samantha Elauf, entonces una adolescente que lleva un pañuelo o hijab sobre su cabeza como parte de su fe musulmana, solicitó un trabajo en Abercrombie & Fitch en su ciudad natal de Tulsa, Oklahoma. Ella se le negó trabajo por no conformar a la "Política del Look" de la empresa que Abercrombie prohibía cubrirse la cabeza. Ella después presentó una acusación ante la Comisión Para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC), alegando discriminación religiosa, y la EEOC presentó una demanda contra Abercrombie & Fitch alegando que Abercrombie se negó a contratar a Samantha Elauf debido a su religión, y que no pudo dar cabida a sus religiosas creencias por hacer una excepción a su "Política del Look" que prohíbe cubrirse la cabeza.
El tribunal de distrito concedió un juicio sumario a la EEOC después de sostener que la evidencia estableció que Elauf llevaba el hijab como parte de su fe musulmana, que Abercrombie & Fitch fue advertido de la naturaleza religiosa de su práctica, y que se negó a contratarla como un resultado. Un jurado otorgó posteriormente daños a Elauf por discriminación.
Abercrombie apeló y un panel dividido de la Corte de Apelaciones del Décimo Circuito falló a favor de Abercrombie. El tribunal de apelaciones sostuvo que Abercrombie no tenía conocimiento suficiente de las prácticas religiosas de Elauf porque, a pesar "suponiendo" correctamente que Elauf llevaba un pañuelo en la cabeza a causa de su religión, Abercrombie no recibió notificación explícita, verbal de un conflicto entre la "Política del Look" y la práctica religiosa de Elauf - a pesar de la evidencia de que Abercrombie nunca reveló la regla de 'no permitir cubrirse la cabeza' en la "Política del Look" a Elauf.
El Procurador General de los Estados Unidos, que lleva a cabo todos los litigios EEOC en la Corte Suprema, pidió a la Corte atender el caso de la EEOC. Dado el número de quejas de discriminación religiosa recibidas cada año por la EEOC, el gobierno creyó que el tribunal de sentencia de apelaciones 'tendría un impacto negativo significativo sobre casos de solicitantes de empleo cuyas religiones imponen requisitos relativos de aseo o vestido.
"Yo era una adolescente a quien le encantaba la moda y estaba ansiosa por trabajar para Abercrombie & Fitch," dijo Elauf. "El respeto a mi fe no me debió impedir conseguir un trabajo. Me alegro que defendí mis derechos, y que la EEOC estuvo allí para mí y llevó mi queja a los tribunales. Estoy muy agradecida a la Corte Suprema por la decisión de hoy y espero que otras personas se den cuenta de que este tipo de discriminación está mal y la EEOC está ahí para ayudar."
Para ayudar a los empleados y empleadores en la comprensión de sus derechos y obligaciones sobre alojamientos para la práctica religiosa, la EEOC tiene una hoja informativa sobre el atuendo religioso y aseo en el lugar de trabajo.
La EEOC hace cumplir las leyes federales que prohíben la discriminación en el empleo. Más información acerca de la EEOC está disponible en www.eeoc.gov y en su página de Twitter, @EEOCespanol.