Actualización del RUT de Facturadores Electrónicos en Colombia

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Por considerarlo de su interés, les recordamos que por medio de comunicado emitido el 5 de agosto de 2018 la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informa a todos los contribuyentes obligados a facturar de forma electrónica que la solicitud de actualización de Registro Único Tributario (RUT) asociada a la responsabilidad 37 (Obligado a facturar electrónicamente), debe ser requerida por el contribuyente mediante comunicación suscrita por el representante legal de cada empresa, enviada al buzón de correo: Sd_fistrib_facturaelectronica@dian.gov.co.

Es importante tener en cuenta que, en virtud de lo señalado en la comunicación, la DIAN aclara que la actualización del RUT ya no será realizada de oficio como lo señaló el pasado 10 de julio, sino que una vez el contribuyente haya sido habilitado como facturador su representante legal mediante correo electrónico, deberá solicitar a la DIAN la actualización del RUT.

DISCLAIMER: Because of the generality of this update, the information provided herein may not be applicable in all situations and should not be acted upon without specific legal advice based on particular situations.

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