Actualización y recomendaciones laborales concernientes a la reactivación económica

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Actualmente en México y debido a la situación que se encuentra atravesando a causa de la pandemia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), así como las nuevas medidas preventivas emitidas por el Gobierno Mexicano que tanto empleadores como trabajadores debemos acatar, nos encontramos frente a una "nueva normalidad", es decir, un cuidado especial constante e indefinido en nuestras vidas cotidianas, incluyendo así  el desempeño de nuestras relaciones laborales, por lo que es necesario emitir nuevas recomendaciones en los centros de trabajo que resulten eficientes, seguras y confiables, con la finalidad de optimizar y garantizar los objetivos y metas de una organización a través de nuevos planes y programas de acción y seguimiento para conseguirlo, así como garantizar el derecho a la salud y bienestar de los trabajadores que se encuentren en el ejercicio de sus funciones dentro de una organización.

De igual forma, y de manera informativa, hasta el mes de abril, se han eliminado 555,247 empleos formales del registro del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), esto quiere decir estadísticamente que resulta la mayor pérdida en un mes desde que se iniciaron los registros de desocupación del empleo.

Como actualización general, es menester puntualizar que el 13 de mayo de 2020, el gobierno federal, dieron a conocer los principios estratégicos para la reactivación de la economía en nuestro país, la cual fue publicada por el Diario Oficial de la Federación el 14 de mayo del 2020, misma que se realizará de forma gradual, ordenada y cauta, con la finalidad de garantizar su seguridad y durabilidad, contando con cuatro principios rectores:

  • el privilegio a la salud y la vida
  • solidaridad y no discriminación
  • economía moral y eficiencia productiva
  • responsabilidad compartida (pública, privada y social)

La llamada "Nueva normalidad", cuenta con tres etapas fundamentales de implementación:

  1. Municipios de la esperanza:

Entrando en vigor el 18 de mayo del presente año, con 269 municipios en 15 estados de la República Mexicana. En donde se pactaron términos para elaborar la implementación de cercos sanitarios del 14 al 17 de mayo.

Es importante señalar que dichas reactivaciones deberán realizarse con las medidas sanitarias pertinentes en todos los sectores, ya que, al no contar con una vacuna al virus, se podría ocasionar nuevamente un brote que atrase, o bien, regrese a confinamiento a dichas localidades.

  1. Preparación de reapertura general:

La cual se encuentra considerada del 18 al 31 de mayo del 2020, en donde se estipularán las acciones de aplicación general como:

a. la elaboración de protocolos sanitarios para el reinicio seguro por empresa
b. capacitación de personal para la seguridad en el ambiente laboral
c. readecuación de espacios y procesos productivos
d. filtros de ingreso, sanitización e higiene del espacio laboral

  1. Semáforo semanal por regiones:

La tercera etapa se divide en cuatro fases de riesgo catalogadas por colores que serán semanalmente actualizadas de acuerdo a los niveles de contagio por cada entidad federativa.

Fase en color Rojo. Quiere decir un confinamiento total como el ya determinado, es decir, la protección de personas vulnerables a niveles máximos, así como el desempeño únicamente de las actividades catalogadas como esenciales, así como las medidas de sana distancia.

Fase en color Naranja. En ella el cuidado a la salud y protocolos sanitarios de igual forma se llevan a cabo, las personas vulnerables pueden salir con un cuidado máximo y se continua el desempeño de actividades esenciales como en la fase anterior y no esenciales reducidamente, se añaden algunos espacios públicos controlados.

Fase en color Amarilla. Tomando en consideración los cuidados sanitarios, se desempeñan las actividades esenciales y no esenciales en su totalidad, en donde en el espacio abierto habrá menos restricciones.

Fase en color Verde. Nuevamente se deben tomar en consideración todas las medidas sanitarias, reabriendo el sistema educativo presencial.

Aunado lo anterior, se dan a conocer las nuevas industrias que se integrarán a partir del 01 de junio del presente año, como actividades esenciales, las cuales son:

  • actividades de la industria de construcción
  • minería
  • las referentes a la construcción de equipos de transporte

Con estas nuevas industrias integradas como actividades esenciales, deberán implementar del 18 al 31 de mayo, los lineamientos de seguridad sanitaria en el entorno laboral correspondiente, mismo que será publicado por la Secretaría de Salud, en coordinación con las Secretarias de Economía, del Trabajo y Previsión Social, así como del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Derivado de lo anterior, Holland & Knight hacemos las siguientes recomendaciones:

  1. El fomento del Teletrabajo mejor conocido como Home Office:
  • como nueva forma de trabajo para corporativos y trabajos que por su actividad pueda desempeñarse desde casa
  • como medida para un regreso escalonado (implementación de home office 1-o 2 veces por semana)
  1. Comisión Mixta de Seguridad e Higiene Actualizada:

Debido a nuestra "Nueva normalidad", es muy importante desarrollar y proceder con una adecuada comisión mixta de seguridad e higiene, así como reuniones periódicas que permitan valorar o revalorar en su caso, las medidas que debemos implementar.

Recordemos que la Ley Federal del Trabajo, específicamente en el artículo 132, Fracción XVI, estipula las obligaciones patronales en materia de seguridad, salud y medio ambiente en el trabajo, de igual forma la NOM-019-STPS-2004, estipula la constitución organización y funcionamiento de la presente comisión y por último la NOM-030-STPS-2009, nos señala sobre servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo, estableciendo el marco de actuación en cuanto a las primeras medidas de prevención y protección. A su vez el artículo 134 de la LFT, establece las obligaciones de los trabajadores en dicha materia, y los preceptos 147 y 148 de la Ley General de Salud, las obligaciones de los particulares en coadyuvar con las autoridades sanitarias sobre enfermedades epidemiológicas.

  1. Recomendaciones Extraoficiales:

El Instituto Mexicano del Seguro Social, de manera extraoficial, pero muy oportunamente, elaboró unas listas de comprobación que nos permiten llevar a cabo un diagnostico situacional de las condiciones, equipos, recursos y materiales necesarios que debemos considerar, a fin de garantizar un retorno seguro a las actividades en nuestros centros de trabajo, la cual se encuentra integrada por lo siguiente:

  • medidas de ingeniería
  • medidas administrativas
  • equipo de protección personal
  • capacitación
  • promoción a la salud

La lista de comprobación se integra por cuatro columnas, la primera denominada "punto de comprobación" señala las medidas que se sugiere deben implementar los centros de trabajo:

La segunda y tercera columna identifican mediante escala categórica, los "controles de riesgo" y el "nivel de contacto entre trabajadores":

La multiplicación de las ponderaciones de las columnas 2 y 3, arroja como resultado el "riesgo de contagio", categorizado como: "muy alto", "alto", "medio" y "bajo":

Para calcular el "riesgo de contagio" se utilizará la ecuación siguiente: Controles de Riesgo x Nivel de Contacto entre Trabajadores = Riesgo de Contagio.

Esta clasificación del riesgo permite que el centro de trabajo pueda priorizar sobre las acciones que debe implementar de manera inmediata, dando prioridad a aquellas medidas que por su ausencia o nivel de deficiencia generen un riesgo de contagio muy alto y alto:

Con lo anterior y de acuerdo a las tablas expuestas y del material por sector que señalamos en el presente punto de acción, así como en la totalidad de las recomendaciones, podemos brindarles un apoyo especializado con la finalidad de brindarles seguridad, certeza, confianza y eficacia en los nuevos lineamientos que avalen y protejan a su organización, así como actualización constante de los diversos lineamientos que se emitirán en las siguientes semanas.

Cualquier duda o aclaración, quedamos a sus órdenes.

Los abogados de Holland & Knight cuentan con una amplia experiencia en temas de materia laboral. Para obtener más información, comuníquese con los autores de esta nota o a la oficina de la Ciudad de México de Holland & Knight.

Descargo de responsabilidad: Por favor tenga en cuenta que la situación relacionada con el COVID-19 está evolucionando y que el tema discutido en estas publicaciones puede cambiar de forma diaria. Por favor contacte al autor o su abogado de contacto en Holland & Knight para una asesoría adecuada.


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