El pasado 9 de mayo de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior”, por medio del cual se dan a conocer diversas reformas relevantes en la operación de Programas IMMEX y PROSEC.
El pasado 9 de mayo de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior”, por medio del cual se dan a conocer diversas reformas relevantes en la operación de Programas IMMEX y PROSEC. A continuación se presentan algunos de los cambios más destacados:
-
De conformidad con la Regla 3.1.1., tercer párrafo, la fe de hechos como requisitos para solicitar un nuevo Programa IMMEX o PROSEC será opcional. Se podrá solicitar mediante escrito que funcionarios de la Secretaría de Economía acudan a las instalaciones de la solicitante a realizar una visita de inspección o verificación.
-
Se elimina la fe de hechos para dar de alta una bodega o almacén, o dar de alta un domicilio adicional como parte de un Programa IMMEX autorizado, requiriéndose en su lugar presentar un escrito libre bajo protesta de decir verdad, o el contrato de prestación de servicios de almacenaje, según sea el caso.
-
Se prevé una lista de Corredores Públicos autorizados por la Secretaría de Economía para realizar las fe de hechos encaminadas a solicitar Programas IMMEX y/o PROSEC.
-
Se otorga un término de 10 días hábiles posteriores a que se dé el cambio, para notificar el cambio de denominación o razón social, R.F.C., socios y/o accionistas, representante legal, y domicilio fiscal de empresas con Programa IMMEX autorizado.
-
De conformidad con la Regla 3.2.16, inciso e), las operaciones de exportación a través de operaciones virtuales se considerarán como exportaciones para efectos de los reportes mensuales y anuales de operaciones de comercio exterior.
-
Se incorpora la obligación de dar aviso a la Secretaría de Economía 10 días hábiles posteriores a la fusión o escisión de empresas con Programa IMMEX.
Finalmente, vale la pena mencionar que la nueva normativa entrará en vigor a partir del 10 de mayo de 2022; sin embargo, hasta 6 meses después de su entrada en vigor podrán seguirse emitiendo fe de hechos por medio de Notarios Públicos; después de dicho periodo, solamente se aceptarán fe de hechos emitidas por Corredores Públicos.
[View source.]