El Ministerio de Minas y Energía (MinMinas) emitió, el 15 de abril, la Circular 4008 de 2020, por medio de la cual anunció la ampliación del plazo de renovación del Certificado de Conformidad para los almacenadores, distribuidores mayoristas, distribuidores minoristas y grandes consumidores de la cadena de distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo que cumplan con las siguientes dos condiciones: (i) cuenten para la fecha de la Circular con autorización para operar; y (ii) requieran obtener la renovación del Certificado de Conformidad entre el 17 de marzo y el 30 de mayo de 2020, de acuerdo con la declaratoria de emergencia nacional.
A través de esta Circular, MinMinas también ordenó la ampliación del plazo relativo a las siguientes actividades, siempre que el plazo respectivo a cada actividad expire entre el 17 de marzo y el 30 de mayo de 2020: (i) mantenimiento de cilindros metálicos y tanques estacionarios utilizados en la prestación del servicio público domiciliario de gas licuado de petróleo (GLP); (ii) demostración de conformidad de plantas de envasado de gas licuado de GLP; (iii) demostración de conformidad de depósitos, expendios y puntos de venta de cilindros de GLP; y (iv) demostración de conformidad de estaciones de servicio que suministran gas natural comprimido para uso vehicular.
Finalmente, el MinMinas reiteró que aquellos agentes que lleven a cabo las actividades anteriormente descritas, se encuentran en la obligación de cumplir con todas las disposiciones relativas a la seguridad y protección al medio ambiente y a las disposiciones señaladas en la Resolución 40278 de 2017 expedida por esa misma entidad.