Donatarias Autorizadas: Información relacionada con donativos recibidos y otorgados a causa del desastre natural ocurrido en el estado de Guerrero el 24 de octubre de 2023

Hogan Lovells
Contact

Hogan Lovells[co-author: Tayde Bautista Lozano]

El 30 de octubre de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federacion el DECRETO por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por lluvias severas y vientos fuertes durante el 24 de octubre de 2023, entre los cuales se destaca lo establecido en el artículo décimo tercero de este decreto, que a la letra dice


ARTÍCULO DECIMOTERCERO. Para los efectos de los articulos 82, fracción IV, de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 138 de su reglamento, se considera que las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles en los terminos de dicha ley, cumplen con el objeto social autorizado para estos efectos, cuando otorguen donativos a los afectados para la reconstrucción o rehabilitación de su vivienda.

Por lo anterior, es importante que las Organizaciones de la Sociedad Civil, autorizadas para recibir donativos, deben considerar que antes de recibir donativos con la finalidad de enviarlos al estado de Guerrero y, en su caso, destinar recursos propios para dicho fin, el destino de estos sea exclusivamente para la Reconstrucción o Rehabilitacion de viviendas, como lo establece el ARTÍCULO DECIMOTERCERO del citado Decreto.

En relación con las Organizaciones de la Sociedad Civil que no estén autorizadas con el objetivo asistencial y no tengan autorización para otorgar apoyos relacionados con la atención a requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación o vestido, y llegaran hacerlo, pondrán en riesgo su autorización como donataria autorizada en términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Asimismo, se les informa que de conformidad con lo dispuesto por los articulos 33, fracción I, inciso a) y 34, del Código Fiscal de la Federación, tienen el derecho de consultar formalmente a las autoridades fiscales las dudas que tuvieren con respecto de la aplicación de las disposiciones fiscales.

Para más información, consultar Decreto: DOF - Diario Oficial de la Federación

[View source.]

DISCLAIMER: Because of the generality of this update, the information provided herein may not be applicable in all situations and should not be acted upon without specific legal advice based on particular situations.

© Hogan Lovells | Attorney Advertising

Written by:

Hogan Lovells
Contact
more
less

Hogan Lovells on:

Reporters on Deadline

"My best business intelligence, in one easy email…"

Your first step to building a free, personalized, morning email brief covering pertinent authors and topics on JD Supra:
*By using the service, you signify your acceptance of JD Supra's Privacy Policy.
Custom Email Digest
- hide
- hide