Por considerarlo de su interés, les recordamos que la Resolución DDI-001381 de 2018 del Distrito de Bogotá estableció el mecanismo virtual de la declaración y pago como mecanismo principal para los impuestos administrados por el Distrito. Así, a partir del 1 de septiembre de 2018 todas las declaraciones que por concepto de Impuesto de Industria y Comercio y declaración de retención del Impuesto de Industria y Comercio, avisos y tableros y sobretasa a la gasolina, deberán ser presentadas a través de las herramientas virtuales en la página de la Secretaría de Hacienda Distrital, así como a través de las aplicaciones móviles dispuestas por la entidad para el cumplimiento de estas obligaciones, sin que exista la posibilidad de utilizar mecanismos presenciales.
Es importante tener en cuenta que la Resolución aclara que en el caso del Impuesto de Industria y Comercio y la declaración de retención del Impuesto de Industria y Comercio, avisos y tableros y sobretasa a la gasolina, la obligación de pago del impuesto y/o de la retención en la fuente puede hacerse por medios virtuales o presenciales.