Excepciones De Beneficiario Final Bajo Reportes BOI

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La Guía BOI de FinCEN para las Pequeñas Empresas se publicó originalmente el 18/9/23 y posteriormente se actualizó en diciembre del 2023 como la Versión 1.1. El propósito de la Guía es ayudar a la comunidad de pequeñas empresas a cumplir con la regla de presentación de reportes de información sobre los beneficiarios finales (“BOI”) que comienza el 1 de enero del 2024. La Guía proporciona una explicación sobre quién es el beneficiario final de una empresa que reporta. Un beneficiario final es cualquier individuo que, directa o indirectamente: ejerza un control sustancial sobre una empresa que reporta o posee o controla al menos el 25 por ciento de las participaciones de propiedad de una empresa que reporta. Un individuo puede ser un beneficiario final a través del control sustancial, intereses de propiedad o ambos. Sin embargo, existen cinco excepciones de beneficiario final según la definición de FinCEN que las empresas que reportan deben comprender porque la empresa que reporta no tiene que reportar a esa persona como beneficiario final en su reporte BOI a FinCEN.

Estas son las cinco excepciones de beneficiario final bajo la definición de FinCEN según la Guía:

  1. Un hijo menor de edad. Una persona califica para esta excepción si se aplica el siguiente criterio: la persona es un menor de edad, según se define en la ley del estado o tribu india en el que se crea la empresa que reporta nacional o en el que se registra por primera vez la empresa que reporta extranjera. En caso afirmativo, la empresa que reporta puede, en cambio, proporcionar información sobre el padre o tutor legal del menor. Esta excepción solo se aplica si se informa la información de un padre o tutor legal en lugar de la información del menor. Además, cuando el menor alcanza la mayoría de edad, según lo define la ley del estado o tribu indígena en el que se creó o registró por primera vez la empresa informante, la excepción ya no se aplica. En ese momento, si el individuo es un beneficiario final, la compañía que reporta debe presentar un reporte BOI actualizado que proporcione la propia información del individuo.
  2. Un representante, intermediario, custodio o agente. Una persona califica para esta excepción si se aplica el siguiente criterio: la persona simplemente actúa en nombre de un beneficiario final como representante, intermediario, custodio o agente del beneficiario final. Es probable que las personas que prestan servicios ordinarios de asesoramiento u otros servicios contractuales (como profesionales fiscales) califiquen para esta excepción. En los escenarios en los que se aplica esta excepción, aun así, se debe reportar al beneficiario final.
  3. Un empleado. Una persona califica para esta excepción si se aplican los tres criterios siguientes: 1) la persona es un empleado de la empresa que reporta, cuando se aplica el significado de “empleado”. El término empleado significa que un individuo está sujeto a la voluntad y el control del empleador sobre qué y cómo hacer el trabajo, y que el empleador puede despedir al individuo del trabajo. 2) el control sustancial del individuo sobre la empresa que reporta o los beneficios económicos de la misma se derivan únicamente de la situación laboral del individuo como empleado. 3) el individuo no es un alto funcionario de la empresa que reporta. El término “alto funcionario” significa cualquier individuo que ocupe el cargo o ejerza la autoridad de presidente, director financiero, asesor general, director ejecutivo o director de operaciones, o cualquier otro funcionario, independientemente de su título oficial, que desempeñe un cargo similar y función.
  4. Un heredero. Una persona califica para esta excepción si se aplican el siguiente criterio: el único interés de la persona en la empresa que reporta es un interés futuro a través de un derecho de herencia, como por ejemplo a través de un testamento que establece un interés futuro en una empresa. Una vez que el individuo hereda el interés, esta excepción ya no se aplica y el individuo puede calificar como beneficiario real.
  5. Un acreedor. Una persona califica para esta excepción si se aplican los siguientes criterios: la persona es acreedor de la empresa que reporta. El término “acreedor” significa una persona que cumpliría con la definición de beneficiario final de la empresa que reporta únicamente a través de derechos o intereses por el pago de una suma de dinero predeterminada, como una deuda contraída por la empresa que informa o un convenio de préstamo, u otro derecho similar asociado con dicho derecho a recibir el pago que tiene como objetivo garantizar el derecho a recibir el pago o mejorar la probabilidad de reembolso. La Guía proporciona un ejemplo; un individuo califica para la excepción de acreedor si tiene derecho a recibir un pago de la compañía que reporta para satisfacer un préstamo o deuda, siempre y cuando este derecho sea el único interés de propiedad que el individuo tiene en la compañía que reporta.

Prórroga para la presentación de reportes iniciales de BOI: la Guía se actualizó en diciembre del 2023 para incorporar lenguaje revisado, como la extensión del cronograma de presentación de informes para las empresas que reportan creadas a partir del 1 de enero del 2024 y antes del 1 de enero del 2025

El 29 de noviembre de 2023, FinCEN extendió la fecha límite para que ciertas empresas que reportan presenten sus informes iniciales de información sobre beneficiarios finales (BOI) ante FinCEN. Las empresas que reportan creadas o registradas en el 2024 tendrán 90 días naturales contados a partir de la fecha en que reciban la notificación real o pública de su creación o entrada en vigor para presentar sus informes iniciales. FinCEN no aceptará informes BOI de empresas que reportan hasta el 1 de enero del 2024; no se deben enviar informes a FinCEN antes de esa fecha. Las empresas que reportan creadas o registradas antes del 1 de enero del 2024 seguirán teniendo hasta el 1 de enero del 2025 para presentar sus informes BOI iniciales ante FinCEN, y las empresas que reportan creadas o registradas a partir del 1 de enero del 2025 seguirán teniendo 30 días calendario para presentar sus reportes iniciales de BOI ante FinCEN.

Las empresas que reportan deben comprender las excepciones de beneficiario final para que sus reportes sean precisos.

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